Por Orden ministerial se fijarán tarifas especiales para los envíos postales de propaganda electoral a las que tendrán derecho a acogerse los partidos concurrentes con un máximo de un envío por elector en cada convocatoria electoral. Se modifica por la disposición final 4.1 de la Ley Orgánica 3/2015, de 30 de marzo. Ref. BOE-A-2015-3441 . Seleccionar redacción: Última actualización, publicada el 31/03/2015, en vigor a partir del 01/04/2015. Texto original, publicado el 20/06/1985, en vigor a partir del 21/06/1985. Subir [Bloque 85: #asesenta]
§ LOREG, Artículo cincuenta y nueve(untitled)
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