§ LGPP art. 76Fiscalización de los Partidos Políticos durante los Procesos Electorales

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1. Para los efectos de este Capítulo se entienden como gastos de campaña:
a)
Gastos de propaganda: Comprenden los realizados en bardas, mantas, volantes, pancartas,
equipos de sonido, eventos políticos realizados en lugares alquilados, propaganda utilitaria y
otros similares;
b)
Gastos operativos de la campaña: Comprenden los sueldos y salarios del personal eventual,
arrendamiento eventual de bienes muebles e inmuebles, gastos de transporte de material y
personal, viáticos y otros similares;
c)
Gastos de propaganda en diarios, revistas y otros medios impresos: Comprenden los realizados
en cualquiera de esos medios, tales como inserciones pagadas, anuncios publicitarios y sus
similares, tendentes a la obtención del voto. En todo caso, tanto el partido y candidato
contratante, como el medio impreso, deberán identificar con toda claridad que se trata de
propaganda o inserción pagada;
d)
Gastos de producción de los mensajes para radio y televisión: Comprenden los realizados para el
pago de servicios profesionales; uso de equipo técnico, locaciones o estudios de grabación y
producción, así como los demás inherentes al mismo objetivo;
e)
Los gastos que tengan como propósito presentar a la ciudadanía las candidaturas registradas del
partido y su respectiva promoción;
f)
Los gastos que tengan como finalidad el propiciar la exposición, desarrollo y discusión ante la
ciudadanía de los programas y acciones de los candidatos registrados, así como la plataforma
electoral;
g)
Cualquier gasto que difunda la imagen, nombre o plataforma de gobierno de algún candidato o de
un partido político en el periodo que transita de la conclusión de la precampaña y hasta el inicio
de la campaña electoral, y
h)
Los gastos que el Consejo General a propuesta de la Comisión de Fiscalización y previo inicio de
la campaña electoral determine.
2. No se considerarán dentro de los gastos de campaña los gastos que realicen los partidos para su
operación ordinaria, para el cumplimiento de sus obligaciones estatutarias y para el sostenimiento de sus
órganos directivos y de sus organizaciones.
3. Todos los bienes o servicios que se destinen a la campaña deberán tener como propósito directo la
obtención del voto en las elecciones federales o locales; [con excepción del gasto relativo a estructuras
electorales mismo que será estimado como un gasto operativo ordinario.]
la porción normativa “…con excepción del gasto relativo a estructuras electorales mismo que será estimado como un gasto operativo
ordinario.”)
CAPÍTULO III
De los Informes de Ingresos y Gastos de los Partidos Políticos

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