§ LGPP art. 2Disposiciones Preliminares

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1. Son derechos político-electorales de las ciudadanas y los ciudadanos mexicanos, con relación a los
partidos políticos, los siguientes:
a)
Asociarse o reunirse pacíficamente para tomar parte en los asuntos políticos del país;
b)
Afiliarse libre e individualmente a los partidos políticos, y
c)
Votar y ser votado para todos los cargos de elección popular dentro de los procesos internos de
selección de candidatos y elección de dirigentes, teniendo las calidades que establezca la ley y
los estatutos de cada partido político.

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