§ LGIPE art. 251De las Campañas Electorales

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1. Las campañas electorales para Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, senadores y
diputados, en el año que corresponda, tendrán una duración de noventa días.
2. Las campañas electorales para diputados, en el año en que solamente se renueve la Cámara
respectiva, tendrán una duración de sesenta días.
3. Las campañas electorales de los partidos políticos se iniciarán a partir del día siguiente al de la
sesión de registro de candidaturas para la elección respectiva, debiendo concluir tres días antes de
celebrarse la jornada electoral.
4. El día de la jornada electoral y durante los tres días anteriores, no se permitirá la celebración ni la
difusión de reuniones o actos públicos de campaña, de propaganda o de proselitismo electorales.
5. Quien solicite u ordene la publicación de cualquier encuesta o sondeo de opinión sobre asuntos
electorales, que se realice desde el inicio del proceso electoral hasta el cierre oficial de las casillas el día
de la elección, deberá entregar copia del estudio completo al Secretario Ejecutivo del Instituto, si la
encuesta o sondeo se difunde por cualquier medio. En todo caso, la difusión de los resultados de
cualquier encuesta o sondeo de opinión estará sujeta a lo dispuesto en el párrafo siguiente.
6. Durante los tres días previos a la elección y hasta la hora del cierre oficial de las casillas que se
encuentren en las zonas de husos horarios más occidentales del territorio nacional, queda prohibido
publicar o difundir por cualquier medio, los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por
objeto dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos, quedando sujetos quienes lo
hicieren, a las penas aplicables a aquéllos que incurran en alguno de los tipos previstos y sancionados en
la Ley General en Materia de Delitos Electorales.
7. Las personas físicas o morales que pretendan llevar a cabo encuestas por muestreo para dar a
conocer las preferencias electorales de los ciudadanos o las tendencias de las votaciones, adoptarán los
criterios generales de carácter científico, que para tal efecto emita el Consejo General, previa consulta
con los profesionales del ramo o las organizaciones en que se agrupen.

Primary source. The text above is the canonical statute body as it appears in this revision of the atlas. Verify against the official gazette before quoting in litigation or formal advice. Spot an error? Suggest a correction.