§ LGIPE art. 219Del Programa de Resultados Electorales Preliminares

es · 1,017 chars · active
1. El Programa de Resultados Electorales Preliminares es el mecanismo de información electoral
encargado de proveer los resultados preliminares y no definitivos, de carácter estrictamente informativo a
través de la captura, digitalización y publicación de los datos asentados en las Actas de Escrutinio y
Cómputo de las casillas que se reciben en los Centros de Acopio y Transmisión de Datos autorizados por
el Instituto o por los Organismos Públicos Locales.
2. El Instituto emitirá las reglas, lineamientos y criterios en materia de resultados preliminares, a los
que se sujetarán los Organismos Públicos Locales en las elecciones de su competencia.
3. Su objetivo será el de informar oportunamente bajo los principios de seguridad, transparencia,
confiabilidad, credibilidad e integridad de los resultados y la información en todas sus fases al Consejo
General, los Organismos Públicos Locales, los partidos políticos, coaliciones, candidatos, medios de
comunicación y a la ciudadanía.
CAPÍTULO X
Del Conteo Rápido

Primary source. The text above is the canonical statute body as it appears in this revision of the atlas. Verify against the official gazette before quoting in litigation or formal advice. Spot an error? Suggest a correction.