§ LGIPE art. 173Del Acceso a Radio y Televisión

es · 2,010 chars · active
1. En las entidades federativas con procesos electorales locales con jornadas comiciales coincidentes
con la federal, del tiempo total establecido en el párrafo 1 del artículo 169 de esta Ley, el Instituto, por
conducto de los Organismos Públicos Locales, destinará para las campañas locales de los partidos
políticos y los candidatos independientes quince minutos diarios en cada estación de radio y canal de
televisión de cobertura en la entidad federativa de que se trate.
2. [El tiempo a que se refiere el párrafo 1 anterior será utilizado para la difusión de mensajes de
acuerdo a la pauta que apruebe, a propuesta del Organismo Público Local que corresponda, el Comité de
Radio y Televisión del Instituto.]
Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023
3. Para la distribución entre los partidos políticos del tiempo establecido en el párrafo 1 de este
artículo, convertido a número de mensajes, las autoridades electorales locales aplicarán, en lo
conducente, las reglas establecidas en el artículo 167 de esta Ley.
4. Para los efectos de este capítulo se entiende por cobertura de los canales de televisión y
estaciones de radio toda área geográfica en donde la señal de dichos medios sea escuchada o vista.
5. [El Comité de Radio y Televisión, solicitará al Instituto Federal de Telecomunicaciones el mapa de
coberturas de todas las estaciones de radio y canales de televisión, así como su alcance efectivo. El
Instituto elaborará el catálogo de dichas estaciones y canales y deberá también incorporar la información
relativa a la población total comprendida por la cobertura correspondiente en cada entidad.]
Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023
6. Con base en dicho catálogo, el Consejo General hará del conocimiento público las estaciones de
radio y canales de televisión que participarán en la cobertura de las elecciones locales y federales a que
hace referencia el artículo 175 de esta Ley.

Primary source. The text above is the canonical statute body as it appears in this revision of the atlas. Verify against the official gazette before quoting in litigation or formal advice. Spot an error? Suggest a correction.