§ LGIPE art. 130De la Facultad de Delegación

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1. Los ciudadanos están obligados a inscribirse en el Registro Federal de Electores y a informar a éste
de su cambio de domicilio dentro de los treinta días siguientes a que éste ocurra.
2. Asimismo, los ciudadanos participarán en la formación y actualización del Padrón Electoral en los
términos de las normas reglamentarias correspondientes.

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